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​​​​​​CERTIFICADO DE INCENTIVO FORESTAL

Es un reconocimiento del Estado Colombiano, a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural -MADR- en convenio de administración con FINAGRO, a las externalidades positivas de la reforestación, donde establece las actividades, acciones y controles necesarios para las etapas de solicitud de elegibilidad, elegibilidad, otorgamiento y pago del Certificado del Incentivo Forestal –CIF, bajo las condiciones técnicas, ambientales, financieras y legales, establecidas por la Ley 139 de 1994, y sus Decretos Reglamentarios, así como las normas complementarias que son aplicables en el proceso de otorgamiento del incentivo para los proyectos de reforestación elegibles a través de la expedición de un Acto Administrativo.

  • Toda persona natural o jurídica de carácter privado.

  • Entidad descentralizada de los ámbitos municipal o distrital cuyo objeto sea la presta-ción de servicios públicos de acueducto y alcantarillado,

  • Departamentos, municipios, distritos, asociaciones de municipios y áreas metropolitanas. Consorcios y/o Uniones temporales

  • Las ofertas podrán ser presentadas por dos o más personas jurídicas, en consorcio o unión temporal

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